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BIENESTAR ESTUDIANTIL

BECAS DE ARANCEL MINEDUC

Beca Bicentenario
  • Dirigida a estudiantes pertenecientes al 70% de la población de menores ingresos del país, que se matriculen en una carrera regular en alguna de las 27 Universidades del Consejo de Rectores. Este beneficio se entrega tanto a estudiantes que ingresan a su primer año en la Educación Superior, como a aquellos/as que ya cursan una carrera.
  • Financia el arancel de referencia anual de la carrera.

Requisitos adicionales para estudiantes desde segundo año:

  • Cumplir con el avance académico establecido, el que para efecto de las becas exige haber aprobado a lo menos el 60% de las asignaturas inscritas durante el primer año académico, (cuando la o el estudiante ingresa a segundo año); o tener aprobado el 70% de las asignaturas inscritas el año anterior, para estudiantes desde tercer año en adelante. Estar cursando la carrera dentro de los años de duración formal de ésta, según lo declarado en la oferta académica de la Institución.
  • La cobertura de este beneficio corresponderá a los años de duración de la carrera definidos por el programa académico respectivo. En el caso de los y las estudiantes de curso superior, la cobertura corresponderá a los años que resten de carrera definidos por programa académico. Por ejemplo, si un/a alumno/a de ingreso año 2017 de la carrera de Ingeniería Comercial (duración 10 semestres) postula en este período 2021, el beneficio cubrirá sólo dicho año.
  • Más información del beneficio y sus requisitos, en http://portal.beneficiosestudiantiles.cl/becas/becas-de-arancel
Beca Excelencia Académica
  • Beneficio destinado al 10% de los mejores egresados y egresadas de Enseñanza Media en el año 2023 de establecimientos municipales, particulares subvencionados o de administración delegada, que se matriculen en primer año 2024 en alguna institución de Educación acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de diciembre de 2023.
  • Financia el arancel anual por un monto máximo de $1.150.000.
  • Más información del beneficio y sus requisitos, en http://portal.beneficiosestudiantiles.cl/becas/becas-de-arancel
Beca Hijo/a Profesionales de la Educación
  • Destinada a estudiantes hijos e hijas de profesionales de la Educación y del personal asistente de Educación que se desempeñen en establecimientos municipales, particulares subvencionados o de administración delegada, regidos por el D.F.L. (Ed.) N°2 de 1998 y por el decreto Ley N°3.166 de 1980. Este beneficio se entrega tanto a estudiantes que ingresan a su primer año en la Educación Superior, como a aquellos/as que ya cursan una carrera.
  • Financia el arancel anual de la carrera por un monto máximo de $500.000.
  • La duración del beneficio para los y las estudiantes de primer año, la cobertura de este beneficio corresponderá a los años de duración de la carrera definidos por el programa académico respectivo. En el caso de los y las estudiantes de cursos superiores, la cobertura corresponderá a los años que resten de carrera definidos por programa académico. Por ejemplo, si un alumno de ingreso año 2017 de la carrera de Ingeniería Comercial (duración 10 semestres) postula en el período 2020, el beneficio cubrirá sólo 2021.

Más información del beneficio y sus requisitos, en http://portal.beneficiosestudiantiles.cl/becas/becas-de-arancel

Beca Reparación (VALECH)
  • La persona individualizada en la “Nómina de Personas reconocidas como Víctimas” del anexo “Listado de Prisioneros Políticos y Torturados” (nómina actualizada que incluye listado publicado en agosto 2011), que no haya hecho uso del beneficio educacional, puede traspasarlo a un/a descendiente hasta el segundo grado de consanguinidad en línea recta, es decir, a un hijo o un nieto.
  • En caso de que a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.405, el o la beneficiaria directa (titular de la beca) haya fallecido sin haber hecho uso del beneficio que se refiere, todos/as los/as descendientes directos/as del o la difunta, junto con su cónyuge sobreviviente, si lo hubiere, determinarán en conjunto al descendiente (hijo/a o nieto/a) al cual se le traspasa el beneficio.
  • Considerando que la Ley N° 20.405 entró en vigencia a partir del 10 de diciembre de 2009, el traspaso del beneficio con titular fallecido/a, se podrá realizar sólo si la fecha de defunción del o la titular del beneficio es anterior a la entrada en vigencia de la Ley (10 de diciembre de 2009).
  • En este caso, y de manera excepcional, los y las descendientes del titular y su cónyuge sobreviviente podrán determinar en conjunto, a través de declaración jurada ante notario, al descendiente (hijo/a o nieto/a) al cual se le traspasará el beneficio.
  • A este beneficio podrán postular estudiantes que cuenten con licencia de Enseñanza Media y que cursen primer año de Educación Superior durante el año 2024 o alumnos y alumnas que se encuentren en cursos superiores.
  • La cobertura del beneficio es el arancel de referencia más la matrícula respectiva.
  • Duración del beneficio: Para los y las alumnas de primer año, la cobertura de este beneficio corresponderá a los años de duración de la carrera definidos por el programa académico respectivo. En el caso de los y las estudiantes de curso superior, la cobertura corresponderá a los años que resten de carrera definidos por programa académico. Por ejemplo, si un/a alumno/a de ingreso año 2017 de la carrera de Ingeniería Comercial (duración 10 semestres) postula en el período 2021, el beneficio cubrirá sólo dicho año.
  • Más información del beneficio y sus requisitos, en http://portal.beneficiosestudiantiles.cl/becas/becas-de-arancel
Beca Puntaje PSU (PAES)

Destinada a estudiantes egresados/as de Enseñanza Media en el año 2023, de establecimientos municipales, particulares subvencionados o de administración delegada, y que obtengan puntaje nacional o regional en la Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES) rendida para el proceso de admisión 2024.

Beca para estudiantes en situación de Discapacidad
  • Consiste en financiar 450 becas para personas en situación de discapacidad, egresadas de Enseñanza Media, pertenecientes al 70% de la población de menores ingresos del país, y que se matriculen como alumnos y alumnas de primer año 2024 en alguna institución de Educación Superior acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de diciembre de 2023.
  • Financia el arancel de referencia anual de la carrera, a través de 150 cupos de la Beca Bicentenario.
  • Más información del beneficio y sus requisitos, en http://portal.beneficiosestudiantiles.cl/becas/becas-de-arancel

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